Desde el año 2016 la Dirección General de Tráfico es la responsable de catalogar y distinguir el parque móvil español dependiendo del potencial contaminante de cada vehículo etiquetado. El objetivo de esta distinción entre vehículos es la discriminación positiva de los vehículos más respetuosos con el medio y fomentar una movilidad más sostenible.
Además, con las etiquetas de la DGT, el organismo nacional competente en materia de tráfico permite a otras administraciones y autoridades identificar de manera visual e inmediata el tipo de vehículo según la pegatina adherida al margen inferior derecho del cristal delantero del vehículo en sí, además de suponer unas mayores o menores ventajas en materia de fiscalidad o movilidad urbana como es el estacionamiento subvencionado o el permiso para acceder a áreas de bajas emisiones.
El distintivo, cuya adhesión es de carácter voluntario, a diferencia de la obligatoria pegatina de la ITV, luce, hasta la nueva reforma del sistema de etiquetado que entre en vigor en mayo de 2021, 4 configuraciones diferentes y se organiza de la siguiente forma.
Etiqueta B de la DGT
Este distintivo de color amarillo podrá aparecer en turismos y furgonetas ligeras que equipen motores de gasolina matriculadas a partir de enero 2000 y también de los que cuenten con motores diésel a partir de enero de 2006. Respecto de los vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005.
Esto supone que se trata de vehículos con propulsores de gasolina que cumplen las norma Euro 3 y la Euro 4 y 5 para el caso de los de gasóleo.
Etiqueta C de la DGT
La pegatina verde será propia de aquellos turismos y furgonetas ligeras con motor alimentado por gasolina y que fueran matriculados desde enero de 2006 y para los bloques que hicieran los propio con carburante diésel desde 2014. En cuanto a los vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, independientemente del consumo de de gasolina o gasóleo, deberán haber sido matriculados igualmente desde 2014.
La normativa Euro a la que estos vehículos sería la Euro 4,5 y 6 para los gasolina y Euro 6 para los diésel.
Etiqueta ECO de la DGT
El escalón entre los vehículos con motores tradicionales y los que equipan soluciones tecnológicas más sostenibles tiene un distintivo que usa el color verde de la etiqueta C y el azul de la CERO. Esta etiqueta ‘híbrida’ verde y azul viene marcado por el carácter de la naturaleza de la mecánica de estos vehículos.
Así, la DGT contempla que podrán lucirla y acogerse a los beneficios de la etiqueta ECO los turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías que, según el Registro de Vehículos hayan sido homologados como vehículos híbridos no enchufables (HEV), híbridos enchufables con autonomía <40km (PHEV), vehículos propulsados por gas natural (GNC o GNL) o gas licuado del petróleo (GLP) y cumplan las normas Euro de los clasificados con la etiqueta C.
Etiqueta CERO de la DGT
Podrán disfrutar de las ventajas de la etiqueta azul como el cielo inmaculado los vehículos más respetuosos con el entorno y, según la DGT esos son los turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías que hayan sido adscritos al Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) cuya capacidad para circular en modo 100 por 100 eléctrico sea desde 40 kilómetros en adelante y también para los vehículos de pila de combustible (FCEV).
Vehículos sin etiqueta de la DGT
De esta forma, quedan excluidos de disponer de pegatina de la DGT todos aquellos que quedaran homologados antes de la norma Euro 3 ó Euro 4 y 5, según combustible, es decir, vehículos con motor de gasolina con matriculación anterior a enero de 2000 y diésel con fecha previa a enero de 2006.
A pesar de lo expuesto, es posible que un vehículo cumpliera con los requisitos para lucir el distintivo ambiental B y C pero la DGT no haya enviado a su propietario la etiqueta. Es posible solicitarla incluso reclamarla mediante la presentación de la documentación que certifique que el vehículo cumple con la normativa correspondiente a la etiqueta que se solicite.